Entre 2 Dos

Áreas protegidas privadas: ¿un posible aliado para conservar a la naturaleza?

El área cuenta con especies de planta nativas y endémicas


Además de contemplar los espacios que constituyen el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, manejado por el Estado, la Ley Sectorial de Áreas Protegidas de República Dominicana hace mención de otro tipo de áreas, pero de carácter privado.

El artículo 12 de la Ley detalla que las áreas protegidas privadas son terrenos que pueden ser declarados mediante resolución del Ministerio de Medio Ambiente "a solicitud de sus propietarios si cumplen con los objetivos de conservación y con los requisitos establecidos en los reglamentos de la presente ley".

"El Estado garantizará el derecho de propiedad sobre estas áreas, a través de incentivos y el uso de instrumentos financieros como el pago por servicios ambientales, todo ello dentro de las normas establecidas en la presente ley y sus reglamentos", señala la ley.

La normativa añade que los propietarios de estas áreas deberán dotarlas de un plan de manejo aprobado por el Ministerio dentro de los plazos establecidos por las autoridades.

Un ejemplo de este tipo de espacios es la Reserva Siembra de Agua de la Fundación Sur Futuro, entidad que realizó esta semana una jornada de reforestación en la zona junto al Consorcio Energético Punta Cana-Macao (CEPM), en el marco de un acuerdo entre ambas instituciones para la promoción del manejo sostenible de los recursos naturales, especialmente el agua.